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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0258 DE 1999
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
5
Título
Texto
ARTICULO 5. Ingreso no constitutivo de renta y ganancia ocasional para los afectados
. Los bienes que se entreguen por las entidades receptoras, a que se refieren los artículos anteriores, a las personas afectadas por el terremoto del 25 de enero de 1999 que figuren en el censo respectivo, se consideran un ingreso no constitutivo de renta o ganancia ocasional y no se encuentran sometidas a retención en la fuente, hasta por un valor máximo equivalente a ochenta (80) salarios mínimos mensuales vigentes a la fecha de cada transferencia, durante los años fiscales 1999 y 2000; lo anterior sin perjuicio de las disposiciones del estatuto Tributario aplicables a las entidades sin ánimo de lucro.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 19
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 36
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0057
DECRETO 0258 DE 1999 ART. 1
DECRETO 0258 DE 1999 ART. 4
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DETERMIANCION DE LA PARTE QUE NO CONSTITUYE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL EN LA ENAJENACION DE ACCIONES
BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LA ZONA DEL EJE CAFETERO