<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
408
Título
TARIFAS PARA RENTAS DE CAPITAL Y DE TRABAJO.
Texto
ARTICULO 408. TARIFAS PARA RENTAS DE CAPITAL Y DE TRABAJO
.
(ART. MODIFICADO POR ART 126 DE LA LEY 1819 DE 2016).
Tarifa modificada por el artículo
127
de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> En los casos de pagos o abonos en cuenta por concepto de intereses, comisiones, honorarios, regalías, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotación de toda especie de propiedad industrial o del "know-how", prestación de servicios técnicos o de asistencia técnica, beneficios o regalías provenientes de la propiedad literaria, artística y científica, la tarifa de retención será del
treinta y cinco por ciento (35%)
(33%)* del valor nominal del pago o abono.
Inciso subrogado por el artículo
15
de la Ley 488 de 1998. El nuevo texto es el siguiente:> Los pagos o abonos en cuenta por concepto de consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, prestados por personas no residentes o no domiciliadas en Colombia, están sujetos a retención en la fuente a la tarifa única del 10%, a título de impuestos de renta
y de remesas
, bien sea que se presten en el país o desde el exterior.
Inciso adicionado por el artículo
47
de la Ley 1430 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:> Los pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos obtenidos en el exterior por término igual o superior a un (1) año o por concepto de intereses o costos financieros del canon de arrendamiento originados en contratos de leasing que se celebre directamente o a través de compañías de leasing con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia, están sujetos a retención en la fuente a la tarifa del catorce por ciento (14%) sobre el valor del pago o abono en cuenta.
Inciso adicionado por el artículo
47
de la Ley 1430 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:> Los pagos o abonos en cuenta, originados en contratos de leasing sobre naves, helicópteros y/o aerodinos, así como sus partes que se celebren directamente o a través de compañías de leasing, con empresas extranjeras sin domicilio en Colombia, estarán sujetos a una tarifa de retención en la fuente del uno por ciento (1%).
Inciso adicionado por el artículo
63
de la Ley 1739 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:> Los pagos o abonos en cuenta por concepto de rendimientos financieros o intereses, realizados a personas no residentes o no domiciliadas en el país, originados en créditos o valores de contenido crediticio, por término igual o superior a ocho (8) años, destinados a la financiación de proyectos de infraestructura bajo el esquema de Asociaciones Público Privadas en el marco de la Ley
1508
de 2012, estarán sujetos a una tarifa de retención en la fuente del cinco por ciento (5%) del valor del pago o abono en cuenta.
PARÁGRAFO.
<Parágrafo adicionado por el artículo
9
de la Ley 863 de 2003. Tarifa modificada por el parágrafo del artículo
12
de la Ley 1111 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:> Los pagos o abonos en cuenta por cualquier concepto que constituyan ingreso gravado para su beneficiario y este sea residente o se encuentre constituido, localizado o en funcionamiento en paraísos fiscales, que hayan sido calificados como tales
por el Gobierno colombiano
, se someterán a retención en la fuente por concepto de impuesto sobre la renta y ganancia ocasional a la tarifa del treinta y tres por ciento (33%), sin perjuicio de la aplicación de la retención en la fuente por concepto de impuesto de remesas*, a la tarifa del siete por ciento (7%), salvo lo dispuesto en el inciso segundo del artículo
3
o de la presente ley.
PARAGRAFO TRANSITORIO
. <Parágrafo adicionado por el artículo
30
de la Ley 383 de 1997. El nuevo texto es el siguiente:> No se consideran renta de fuente nacional, ni forman parte de la base para la determinación de impuesto sobre las ventas, los pagos o abonos en cuenta por concepto de servicios técnicos y de asistencia técnica prestados por personas no residentes o no domiciliadas en Colombia, desde el exterior, necesarios para la ejecución de proyectos públicos y privados de infraestructura física, que hagan parte del Plan Nacional de Desarrollo, y cuya iniciación de obra sea anterior al 31 de diciembre de 1997, según certificación que respecto del cumplimiento de estos requisitos expida el Departamento Nacional de Planeación.
PARÁGRAFO TRANSITORIO SEGUNDO
. <Parágrafo adicionado por el artículo
65
de la Ley 1430 de 2010. El nuevo texto es el siguiente:> Los intereses o cánones de arrendamiento financiero o leasing originados en créditos obtenidos en el exterior y en contratos de leasing celebrados antes del 31 de diciembre de 2010, a los que haya sido aplicable el numeral 5 del literal a) o el literal c) del artículo 25 del Estatuto Tributario, no se consideran rentas de fuente nacional y los pagos o abonos en cuenta por estos conceptos no están sujetos a retención en la fuente.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 391
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 592 NUM. 2
LEY 0223 DE 1995 ART. 127
DECRETO 2662 DE 2000 ART. 7
DECRETO 3805 DE 2003 ART. 8
DECRETO 4345 DE 2004 ART. 8
DECRETO 0408 DE 2001 ART. 10
DECRETO 4583 DE 2006 ART. 8
DECRETO 1791 DE 2007 ART. 7
DECRETO 4929 DE 2009 ART. 8
DECRETO 4145 DE 2010 ART. 1
DECRETO 4836 DE 2010 ART. 8
DECRETO 4907 DE 2011 ART. 7
DECRETO 2243 DE 2015 ART. 7
LEY 1430 DE 2010, LEY 1739 DE 2014.
LEY 1508 DE 2012
DECRETO 2105 DE 2016 ART. 3
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
TARIFA MODIFICADA POR LA LEY 223 DE 1995 ART 127
INCISO Y PARAGRAFO FUERON ADICIONADOS POR EL ART 30 DE LA LEY 383 DE 1997.
MODIFICADO INCISO SEGUNDO POR LEY 488 DE 1998 ART. 15
ADICIONADO POR LEY 788 DE 2002 ART. 83
ADICIONADO POR LEY 863 DE 2003 ART. 9
DEROGADA LA EXPRESION "
y de remesa
" DEL INCISO 2º POR LEY 1111 DE 2006 ART. 78
ADICIONADOS DOS INCISOS POR LEY 1430 DE 2010 ART. 47
ADICIONADO POR LEY 1430 DE 2010 ART. 65
MODIIFCADO POR LEY 1819 DE 2016 ART. 126.
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TARIFAS DE RETENCIÓN PARA RENTAS DE CAPITAL Y DE TRABAJO
TARIFAS PARA RENTAS DE CAPITAL Y DE TRABAJO.