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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
1.2.2.1.3.
Título
Operaciones de financiamiento.
Texto
Artículo 1.2.2.1.3.
Operaciones de financiamiento.
Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 118-1 del Estatuto Tributario y los demás requisitos y condiciones consagrados en el mismo Estatuto para la procedencia de la deducción de los gastos por concepto de intereses, no serán deducibles los pagos por concepto de intereses realizados a vinculados del exterior, a vinculados ubicados en zonas francas, y/o a personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales, respecto de los cuales no se cumplan los criterios de comparabilidad de que trata el literal a) del numeral 1 del artículo 260-4 de la misma normatividad. En consecuencia dichas operaciones no serán consideradas como préstamos ni intereses, sino como aportes de capital y serán tratadas como dividendos.
(Art. 3, Decreto 3030 de 2013)
(El Decreto 3030 de 2013 rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial, el Decreto número 4349 de 2004. Art. 26, Decreto 3030 de 2013)
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 118-1
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 260-4
DECRETO 3030 DE 2013 ART. 3
DECRETO 3030 DE 2013 ART. 26
DECRETO 3030 DE 2013
DECRETO 4349 DE 2004
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
OPERACINES DE FINANCIAMIENTO