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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1514 DE 1998
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
8
Título
Texto
ARTICULO 8. Forma indirecta de ejecución del excedente o beneficio neto de las entidades del régimen especial.
Modifícase el parágrafo 3º del artículo 5º del Decreto 124 de 1997, el cual quedará así:
"Parágrafo 3º. Las donaciones de las entidades pertenecientes al régimen especial, a otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen las actividades señaladas en los artículos 19 y 359 del Estatuto Tributario, o a personas naturales en cumplimiento de dichas actividades, constituyen una forma indirecta de ejecución del excedente o beneficio neto en dichas actividades. Para el efecto, en el acta de la Asamblea General u órgano directivo que haga sus veces en la entidad, deberá dejarse constancia de la actividad o programas a los que se deben destinar las donaciones, las cuales deben cumplir los requisitos legales exigidos para las mismas."
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO ART. 19, 358, 359.
DECRETO 868 DE 1989 ART. 5
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.2.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.3.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.5.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.8.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.11.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.13.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.14.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.16.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
DEROGADO POR DECRETO 4400 DE 2004 ART. 22
Concordancias Jurisprudenciales
CONSEJO DE ESTADO EXPEDIENTE 5597 DE 1994 AGOSTO 26
CONSEJO DE ESTADO 5909 DE 1995 MARZO 5
CONSEJO ESTADO EXPEDIENTE 5678 ABRIL 7
Descriptores
BENEFICIO NETO
DONACION DE ENTIDADES PERTENECIENTES AL REGIMEN ESPECIAL .