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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 406 DE 2001
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
27
Título
Texto
ARTICULO 27º. Solicitud de devolución o compensación del impuesto sobre las ventas en la adquisición de materiales de construcción de vivienda de interés social.
De conformidad con el parágrafo 2 del artículo 850 del Estatuto Tributario, las entidades cuyos planes de vivienda de interés social estén debidamente autorizados por el INURBE, o el organismo en quien éste delegue, y se encuentren registrados con su plan de costos ante la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales, podrán solicitar devolución o compensación del impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición de materiales para la construcción de dichas viviendas, a proveedores inscritos como responsables del impuesto sobre las ventas en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, hasta por un valor equivalente al cuatro por ciento (4%) del valor de adjudicación o adquisición registrado en la escritura de venta del inmueble.
Para efectos de determinar el valor del impuesto sobre las ventas pagado en la adquisición de materiales para vivienda de interés social correspondiente a cada unidad de vivienda, se dividirá el monto total del impuesto pagado por el número de unidades de vivienda de interés social aprobadas en el correspondiente plan.
Parágrafo.
La inscripción del plan de vivienda de interés social autorizado por el INURBE, o el organismo en quien este delegue, y su plan de costos deberá hacerse ante la Administración de Impuestos Nacionales con jurisdicción en el domicilio fiscal de la entidad solicitante, así desarrolle los proyectos en diferentes ciudades del país. En este último caso deberá consolidar la respectiva documentación.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 850
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DEVOLUCION DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR ADQUISICION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION PARA VIVIENDA DE INTERES SOCIAL