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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
187
Título
Texto
Artículo 187º. Documentos que se deben conservar.
El declarante está obligado a conservar los siguientes documentos
:
a) Factura comercial o contrato que originó la importación;
b) Documento de transporte;
c) Documentos exigidos por normas especiales;
d) Lista de empaque, cuando hubiere lugar a ella y,
e) Mandato, cuando la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 184-1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARANTES - OBLIGACIONES