MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO NUMERO 1174
23 JUN, 1998
Por el cual se amplían los plazos para la presentación de declaraciones tributarias correspondientes al Impuesto de Renta y Complementarios de los contribuyentes, personas naturales en las ciudades de Barrancabermeja (Santander) y Puerto Asís (Putumayo).
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las conferidas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 579, 603, 800, 811 del Estatuto Tributario.
CONSIDERANDO
Que el Decreto 3049 del 23 de diciembre de 1997, fijó los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente.
Que por motivos imprevistos, el sector bancario de las ciudades de Barrancabermeja (Santander) y Puerto Asís (Putumayo) no ha prestado de manera normal el servicio de atención al público, afectando así la recepción de las declaraciones tributarias.
Que los plazos para declarar correspondientes al Impuesto sobre la Renta y Complementarios-Personas Naturales del año gravable 1997, cuyos dos últimos dígitos del NIT, se encuentran entre el 06 y el 10 inclusive, se vencían el día 05 de junio de 1998.
Que se hace necesario ampliar los plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al período cuyo vencimiento se vio afectado por el cierre del sector bancario en las ciudades de Barrancabermeja (Santander) y Puerto Asís (Putumayo), durante el día 05 de junio de 1998.
DECRETA