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RESOLUCION 7336 DE 2001 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo1
Título
RESOLUCION No. 7336
(21 de Agosto de 2001)

Por la cual se modifica el artículo 365 de la Resolución 4240 de 2000
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el literal i) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999,
RESUELVE:

ARTICULO 1º: Modificase el artículo 365 de la Resolución 4240 de 2000, el cual quedará así:

“Artículo 365. Restricciones: En desarrollo de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 358 del Decreto 2685 de 1999, no podrá someterse al régimen de tránsito aduanero materias textiles y sus manufacturas, clasificables en la Sección XI (Capítulo 50 a 63, ambos inclusive) del Arancel Aduanas.

Se exceptúan las mercancías clasificables por las subpartidas señaladas a continuación:

50.01; 50.02; 50.03; 51.01; 51.02; 51.03; 51.04; 51.05; 52.01; 52.02; 52.03; 52.04; 53.01; 53.02; 53.03; 53.04; 53.05; 54.01; 54.04; 54.05; 55.01; 55.02; 55.03; 55.04; 55.05; 55.06; 55.07; 55.08; 56.01; 56.01.10.00.00.

Parágrafo: No se aplicará está restricción si las mercancías descritas en este artículo, van a ser sometidas a la modalidad de importación temporal para perfeccionamiento activo, en los términos previstos en el inciso tercero del articulo 39 de la presente Resolución; o si el documento de transporte viene consignado o es endosado a un usuario industrial de zona franca”.