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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0529 DE 1996 Document Link Icon
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la renta y complementarios
Artículo11
Título
ARTICULO UNDECIMO.- Para efectos de determinar la renta exenta, en las empresas que se dediquen a la producción y comercialización, se entienden aquéllos ingresos originados en la producción dentro de la zona, y venta y entrega material de bienes dentro o fuera de la zona afectada por el fenómeno natural. Para las empresas de servicios turísticos, se entienden aquéllos ingresos originados en la prestación de los mismos dentro de la zona afectada por el fenómeno natural.