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Documento Jurídico de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 5631 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Aduanas
Mención ResponsabilidadDIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Título Uniforme
AutorCOLOMBIA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -
Datos BibliográficosAZ RESOLUCIONES 1999 ARCHIVO DIVISION DE RELATORIA. OFICINA NACIONAL DE NORMATIVA Y DOCTRINA. DIAN
Notas
RESOLUCION NUMERO 5631
DE 1999

Por la cual se conforman las Direcciones Regionales en la Unidad
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se
determinan las administraciones que las integran.

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de las facultades que le confiere el artículo 13 del Decreto 1071 del 26 de Junio de 1999

RESUELVE

ARTICULO 1o. DIRECCIONES REGIONALES: Para fácilitar la coordinación técnica y administrativa de las administraciones locales y delegadas de impuestos1 de aduanas y de impuestos y aduanas nacionales, se determina su agrupación en las siguientes Direcciones Regionales:

1.1. DIRECCION REGIONAL NORTE: Integrada por las siguientes Administraciones:

1.1.1. Administración de Impuestos Nacionales de Barranquilla

1.1.2. Administración de Aduanas Nacionales de Barranquilla

1.1.3. Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Riohacha y su Administración delegada de Aduanas de Maicao.
1.1.4. Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Santa Marta
1.1.5 Administración de Impuestos Nacionales de Cartagena
1.1.6. Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de San Andrés

La sede de la Dirección Regional será la ciudad de Barranquilla.


1.2. DIRECCION REGIONAL NOR-ORIENTE, integrada por las siguientes Administraciones:

1.2.1. Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Bucaramanga
1.2.2. Administración de Impuestos Nacionales de Barrancabermeja
1.2.3. Administración de Impuestos Nacionales de Cúcuta
1.2.4. Administración de Aduanas de Cúcuta
1.2.5. Administración de Impuestos Nacionales de Valledupar
1.2.6. Administraciones de Aduanas Nacionales de Arauca

La sede de la Dirección Regional será la ciudad de Bucaramanga.

1.3. DIRECCION REGIONAL SUR-OCCIDENTE, integrada por las siguientes Administraciones:

1.3.1. Administración de Impuestos Nacionales de Cali Impuestos y Aduanas de Puerto Asís.
1.3.2. Administración de Aduanas Nacionales de Cali y delegadas de Aduanas de:Tumaco, Ipiales y Cartago.
1.3.3. Administración de Impuestos Nacionales de Popayán
1.3.4. Administración de Impuestos Nacionales de Pasto
1.3.5. Administración de Impuestos Nacionales de Palmira
1.3.6. Administración de Impuestos Nacionales de Tulúa

La sede de la Dirección Regional será la ciudad de Cali.


1.4. DIRECCION REGIONAL NOR-OCCIDENTE, Integrada Administraciones:

1.4.1. Administración de Impuestos Nacionales de Medellín
1.4.2. Administración de Aduanas Nacionales de Medellín delegada de Aduanas de Turbo:
1.4.3. Administración de Impuestos Nacionales de Monte ria
1.4.4. Administración de Impuestos Nacionales de Quibdó
1.4.5. Administración de Impuestos Nacionales de Sincelejo

La sede de la Dirección Regional será la ciudad de Medellín


1.5. DIRECCION REGIONAL CENTRO-OCCIDENTE, integrada por las siguientes Administraciones:

1.5.1. Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Pereira
1.5.2. Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Manizales
1.5.3. Administración de Impuestos Nacionales de Ibagué
1.5.4. Administración de Impuestos Nacionales de Armenia
1.5.5. Administración de Impuestos Nacionales de Neiva

La sede de la Dirección Regional será la ciudad de Pereira.


1.6. DIRECCION REGIONAL CENTRO, integrada por la siguientes Administraciones:

1.6.1. Administración de Impuestos Nacionales de Personas Naturales de Santa Fe de Bogotá,
1.6.2. Administración de Impuestos Nacionales de Florencia
1.6.3. Administración de Impuestos Nacionales de Girardot
1.6.4. Administración de Impuestos Nacionales de Villavicencio, su delegada de Impuestos de Mitú y sus Administraciones Impuestos y Aduanas de Inírida y Puerto Carreño
1.6.5. Administración de Impuestos Nacionales de Tunja
1.6.6. Administracón de Impuestos y Aduanas Nacionales de Yopal
1.6.7. Administración de Impuestos Nacionales de Sogamoso

La sede de la Dirección Regional será la ciudad de Santa Fe de Bogotá D.C.

ARTICULO 2o. ADMINISTRACIONES ESPECIALES. No estarán agrupadas en las Direcciones Regionales de que trata el artículo anterior y, por lo tanto, tienen el carácter de especiales, las siguientes administraciones:

2.1. Administración Especial de Impuestos de los Grandes Contribuyentes de Santa Fe de Bogotá.
2.2. Administración Especial de Impuestos de las Personas Jurídicas de Santa Fe de Bogotá.
2.3. Administración Especial de Aduanas de Santa Fe de Bogotá, y su Administración delegada de: 2.4. Administración Especial de Servicios Aduaneros Aeropuerto el Dorado de Santa Fe de Bogotá.
2.5. Administración Especial de Aduanas de Cartagena.
2.6. Administración Especial de Aduanas de Buenaventura

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su Publicación


Documento creado el 07/23/1999