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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2300 DE 1996
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
23
Título
Texto
ARTICULO 23o.- Obligación de expedir certificados por parte del agente retenedor del impuesto sobre las ventas.
Los agentes de retención del impuesto sobre las ventas deberán expedir por las retenciones practicadas un certificado bimestral que cumpla los requisitos previstos en el artículo 381 del Estatuto Tributario.
Los certificados a que se refiere este artículo, serán expedidos dentro de los (10) días calendario siguiente al bimestre en el cual se practicó la retención.
Cuando el beneficiario del pago solicite un certificado por cada retención practicada, el agente retenedor lo hará con las mismas especificaciones del certificado bimestral.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 622.
DECRETO 3049 DE 1997 ART. 24
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 378
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 381
DECRETO 2321 DE 1995 ART. 25
DECRETO 2300 DE 1996 ART. 21
DECRETO 2652 DE 1998 ART. 23
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
OBLIGACION DE EXPEDIR CERTIFICADOS
OBLIGACIONES DE TERCEROS