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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
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Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
129
Título
Texto
Artículo 129.
Entrega Urgente de la mercancía por su especial naturaleza o por necesidad apremiante.
El Jefe de la División de Servicio al Comercio Exterior, o de la dependencia que haga sus veces, correspondiente al lug ar de arribo de la mercancía, ordenará dar prelación a la incorporación o registro del manifiesto y de los documentos de transporte, de la mercancía que ingresa como entrega urgente por su especial naturaleza o por necesidad apremiante.
El levante de la mercancía, podrá ser autorizado por el Jefe de la División de Servicio al Comercio Exterior o quien haga sus veces de la jurisdicción del lugar de arribo o de la jurisdicción en donde se encuentre almacenada la misma, previa constitución de garantía a favor de la Nación -Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-, por el monto señalado en el artículo
513
de la presente Resolución.
(Modificado por el Art. 3 de la Resolución 9098 de octubre de 2004)
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 513
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 132
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 135-1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO POR LA RESOLUCION 9098 DE 2004 ART. 3
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
ENTREGAS URGENTES DE MERCANCIA POR NECESIDAD APREMIANTE
ENTREGAS URGENTES POR RAZON DE SU NATURALEZA
ENTREGAS URGENTES
DIVISION DE SERVICIO AL COMERCIO EXTERIOR - FUNCIONES