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Unidad Informática de Legislación
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DECRETO 1001 DE 1997 Document Link Icon
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Procedimiento Tributario
Artículo19
Título
ARTICULO 19.- Vigencia.

El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los artículos 3; el numeral 7 del artículo 5 y el 10 del Decreto 1165 de 1996, y el artículo 33 del Decreto 1813 de 1984.