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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0204 DE 1997
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
10
Título
Texto
ARTICULO 10.-
Normas de procedimiento y control aplicables a los "Bonos de Seguridad".
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales queda facultada para ejercer la investigación, determinación, discusión, cobro y ejecución, por la inversión en los Bonos para la Seguridad, y por los intereses de que trata el presente decreto, a quienes no la realicen, lo hagan de manera extemporánea, o la efectúen por una suma menor, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Tributario.
Contra el acto administrativo que determine el monto de la inversión, procede únicamente el recurso de Reposición ante la División Jurídica o quien haga sus veces en la respectiva Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro de los dos (2) meses siguientes a su notificación.
El recurso deberá decidirse dentro de los cinco (5) días siguientes a su interposición en debida forma, y notificarse de acuerdo a lo previsto en el inciso segundo del artículo 565 del Estatuto Tributario.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 555
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 799.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 817.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 818.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 823.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 843-2.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
ACTUACIONES PROCESALES