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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2026 DE 1983
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo
0015
Título
Texto
D.R. 2026/83,
Art. 15
.- Cuando el beneficiario del pago o abono sea una persona no contribuyente o exenta del impuesto sobre la renta, deberá acreditar tal circunstancia ante el retenedor quien conservará la prueba correspondiente, para ser presentada ante la Administración de Impuestos, cuando ésta lo exija. Tratándose de corporaciones y asociaciones sin ánimo de lucro y de fundaciones o instituciones de utilidad común, se demostrará la calidad de tal mediante certificación expedida por el organismo oficial al cual corresponda la vigilancia y control de la entidad, o por aquel que haya reconocido la personería jurídica, caso éste en el cual se deberá acreditar la vigencia de la misma.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO ART. 369
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 369
DECRETO 2026 DE 1983 ART. 14
DECRETO 1240 DE 1979 ART. 5
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
EXPEDICION DE CERTIFICADOS