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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
27-4
Título
Texto
Artículo 27-4. Responsabilidad de las agencias de aduanas.
Las agencias de aduanas que actúen ante las autoridades aduaneras serán responsables administrativamente por las infracciones derivadas del ejercicio de su actividad.
Igualmente, serán responsables por la exactitud y veracidad de la información contenida en los documentos que suscriban sus agentes de aduanas acreditados ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y responderán administrativamente cuando por su actuación como declarantes hagan incurrir a su mandante o usuario de comercio exterior que utilice sus servicios en infracciones administrativas aduaneras que conlleven la liquidación de mayores tributos aduaneros, la imposición de sanciones o el decomiso de las mercancías.
Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que puedan adelantar los mandantes o usuarios de comercio exterior que utilicen sus servicios contra las agencias de aduanas.
Parágrafo.
Las agencias de aduanas responderán directamente por el pago de los tributos aduaneros y sanciones pecuniarias que se causen respecto de operaciones en las que el usuario de comercio exterior sea una persona inexistente.
(Adicionado este artículo por el Decreto 2883 de 2008)
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 356
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 482
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 484
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 14
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 27-2
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO POR EL DECRETO 2883 DE 2008 ART. 1
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
AGENCIAS DE ADUANAS - RESPONSABILIDADES