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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
213
Título
Texto
Articulo 213º. Mercancías importadas que hayan sido transportadas a granel.
Esta modalidad de transporte puede motivar una variación de la base gravable declarada por las mercancías, si al efectuarse su nacionalización, surgen diferencias en las cantidades, por exceso o por defecto, con respecto a la cantidad total negociada expresada en los documentos mercantiles, factura comercial o contrato de compraventa.
Cuando la diferencia se deba a fenómenos atmosféricos, físicos o químicos justificados, como pérdida en el transporte, evaporación, grado de humedad y análogas, de acuerdo con el artículo 100 del Decreto 2685 de 1999, se aceptará una variación máxima de 5% en la cantidad o en el peso de las mercancías. En consecuencia, el valor en aduana se determinará a partir de la cantidad de mercancía que haya resultado efectivamente, aplicando el precio unitario que conste en la factura comercial o contrato de compraventa, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 172 de esta Resolución.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 100
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 0172
ORDEN ADMINISTRATIVA 0006 DE 2002 ART. ITEM 10
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
MERCANCIAS IMPORTADAS QUE HAYAN SIDO TRANSPORTADAS A GRANEL