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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
169
Título
Texto
Articulo 169º. Modificación de la declaración.
Cuando se presente modificación de la declaración, el valor en aduana de las mercancías se determinará según el procedimiento contemplado en el Capítulo III del presente Título de esta Resolución, teniendo en cuenta el estado de la mercancía en el momento de la valoración. Para el efecto, la tasa de cambio aplicable será la vigente en la fecha de la presentación y aceptación de la modificación de la declaración.
Con la modificación de la declaración se deberá presentar la Declaración Andina del Valor, según lo dispuesto en el artículo 161 de esta Resolución, salvo las exenciones contempladas en el artículo 244 del Decreto 2685 de 1999.
(Modificado por la Resolución 7002 de 2001, art. 54)
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 161
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 216
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 244
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
MODIFICADO POR RESOLUCION 7002 DE 2001 ART. 54
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE IMPORTACION - MODIFICACION
DECLARACION ANDINA DEL VALOR
DECLARACION DE IMPORTACION - PRESENTACION