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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
531
Título
Texto
Artículo 531º. Efectividad de garantías cuyo pago se ordena en un proceso administrativo sancionatorio.
En el acto administrativo que decide de fondo la imposición de una sanción, el decomiso de una mercancía o la formulación de una Liquidación Oficial, se ordenará hacer efectiva la garantía, si a ello hubiere lugar y se notificará a la entidad garante.
Si dentro de los diez (10) días siguientes a la ejecutoria del acto administrativo de que trata el inciso anterior, el usuario, el Banco o la Compañía de Seguros no acredita, con la presentación de la copia del Recibo Oficial de Pago en Bancos, la cancelación del monto correspondiente, remitirá a la División de Cobranzas el original de la garantía y copia del acto administrativo donde se ordena su efectividad, para que se adelante el correspondiente proceso de cobro.
Concordancias Legales
CIRCULAR 0205 DE 2000 ART. ITEM 1
MEMORANDO 0196 DE 2002 ART. ITEM 3.
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 38-18
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
GARANTIAS - EFECTIVIDAD