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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0449 DE 2003 Document Link Icon
Tributario
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Gravamen a los movimientos financieros
Artículo6
Título

Artículo 6. Mecanismo de control. De conformidad con lo señalado en el parágrafo 2º del artículo 879 del Estatuto Tributario, previamente a la apertura de la cuenta de ahorros, los establecimientos de crédito y las entidades vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria deberá n implantar un mecanismo de verificación y control.

En el evento en que el establecimiento de crédito o las entidades vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria autoricen la apertura de una segunda cuenta amparada con el beneficio de la exención, deberán responder por los impuestos y sanciones a que haya lugar.