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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
87-1
Título
Texto
ARTÍCULO 87-1. OTROS GASTOS ORIGINADOS EN LA RELACIÓN LABORAL NO DEDUCIBLES.
<Artículo adicionado por el artículo
15
de la Ley 788 de 2002. El nuevo texto es el siguiente:> Los contribuyentes no podrán solicitar como costo o deducción, los pagos cuya finalidad sea remunerar de alguna forma y que no hayan formado parte de la base de retención en la fuente por ingresos laborales. Exceptúanse de la anterior disposición los pagos no constitutivos de ingreso gravable o exentos para el trabajador, de conformidad con las normas tributarias incluidos los provistos en el artículo
387
del Estatuto Tributario.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 387
DECRETO 640 DE 2005 ART. 3
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.5.4.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO POR LEY 788 DE 2002 ART. 15
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
GASTOS NO DEDUCIBLES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA