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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0700 DE 1997
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
6
Título
Texto
ARTICULO 6º BASE DE RETENCION SOBRE DESCUENTOS E INTERESES ANTICIPADOS POR PARTE DEL EMISOR:
Cuando en el mercado primario, el adquirente de un título con descuento sea un contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios, que estando sujeto a retención en la fuente, no tenga la calidad de agente autorretenedor de rendimientos financieros, la retención por concepto del descuento se practicará por el emisor del título o administrador de la emisión, al momento de la colocación, sobre la diferencia positiva entre el valor nominal del título y el de su colocación.
En el mismo evento, cuando se trate de títulos con pago anticipado de intereses, la retención en la fuente se aplicará sobre la diferencia positiva entre el valor nominal del título y el precio de compra del mismo.
PARAGRAFO:
Cuando el título sea redimible por un valor superior al nominal, este exceso se agregará a la base sobre la cual debe practicarse la retención.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 397
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 395
DECRETO 2026 DE 1983 ART. 3
DECRETO 2026 DE 1983 ART. 7
DECRETO 2026 DE 1983 ART. 8
DECRETO 1960 DE 1996 ART. 3
DECRETO 1960 DE 1996 ART. 7
DECRETO 1960 DE 1996 ART. 8
DECRETO 1960 DE 1996 ART. 10
DECRETO 2775 DE 1983 ART. 3
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.2.14.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
BASE GRAVABLE DE RETENCION PARA TITULOS CON DESCUENTO
RETENCION EN LA FUENTE SOBRE TITULOS CON DESCUENTO