<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2026 DE 1983
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Retención en la fuente
Artículo
10
Título
Texto
ART. 10 Cuando los pagos o abonos en cuenta por concepto de intereses y demás rendimientos financieros, cualquiera que sea su denominación, salvo los descuentos, se hagan a través de sociedades fiduciarias, la retención en la fuente
se efectuar por la sociedad fiduciaria así :
Cinco por ciento (5%) sobre el sesenta por ciento (60%) del pago o abono, si el rendimiento corresponde a intereses del sistema UPAC. Cinco por ciento (5%) sobre el setenta y cuatro por ciento (74%) del pago o abono que se haga a personas naturales y sucesiones líquidas, si el rendimiento corresponde a intereses de entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria que tengan por objeto propio intermediar en el mercado de recursos financieros, o a intereses de título de deuda péblica, bonos de sociedades anónimas o papeles comerciales de sociedades anónimas cuya emisión haya sido autorizada por la Comisión Nacional de Valores ; c) Tres punto siete por ciento (3.7%) en los casos no previstos en los literales anteriores, o cuando no fuere posible establecer su origen
En los casos de pagos o abonos en cuenta por conceptos sometidos a retención en la fuente, diferentes de los previstos en los literales anteriores, que se hagan a través de sociedades, fiduciarias, la sociedad fiduciaria efectuar la retención en la fuente teniendo en cuenta para ello los porcentajes y dem s previsiones de que tratan las normas vigentes.
Par grafo. Cuando el rendimiento corresponda a descuento sobre los cuales se hubiere hecho retención en la fuente a la sociedad fiduciaria, ésta deber trasladar al beneficiario del descuento la retención correspondiente. Cuando sobre el descuento no se hubiere hecho retención en la fuente a la sociedad Fiduciaria, ésta deber efectuar la retención aplicando para ello los porcentajes indicados en el artículo 2o. de este Decreto.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 396
DECRETO 2026 DE 1983 ART. 1
DECRETO 2026 DE 1983 ART. 1
DECRETO 3715 DE 1986 ART. 3
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 395
DECRETO 2775 DE 1983 ART. 11
DECRETO 2775 DE 1983 ART. 1
DECRETO 1512 DE 1985 ART. 3
DECRETO 1512 DE 1985 ART. 7
DECRETO 2509 DE 1985 ART. 6
DECRETO 2509 DE 1985 ART. 13
DECRETO 0870 DE 1986 ART. 3
DECRETO 0700 DE 1997 ART. 1
DECRETO 0700 DE 1997 ART. 2
DECRETO 0700 DE 1997 ART. 10
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.4.2.86.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RETENCION EN LA FUENTE POR PAGOS DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS