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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
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Impuesto a las ventas
Artículo
0490
Título
Texto
ARTICULO 490. LOS IMPUESTOS DESCONTABLES EN LAS OPERACIONES GRAVADAS, EXCLUIDAS Y EXENTAS SE IMPUTARAN PROPORCIONALMENTE
.
Cuando los bienes y servicios que otorgan derecho a descuento se destinen indistintamente a operaciones gravadas, exentas, o excluidas del impuesto y no fuere posible establecer su imputación directa a unas y otras, el cómputo de dicho descuento se efectuará en proporción al monto de tales operaciones del período fiscal correspondiente. La inexistencia de operaciones determinará la postergación del cómputo al período fiscal siguiente en el que se verifique alguna de ellas.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0488.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0489.
DECRETO 1813 DE 1984 ART. 30
DECRETO 522 DE 2003 ART. 1
DECRETO 522 DE 2003 ART. 15
DECRETO 427 DE 2004 ART. 4
DECRETO 540 DE 2004 ART. 4
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.3.1.6.5.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
IMPUESTOS DESCONTABLES