<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0353 DE 1984
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
13
Título
Texto
D.R. 353/84, Art. 13
.- Los períodos improductivos en los cultivos de mediano y tardío rendimiento
serán los siguientes:
a) Dos (2) años: piña, uva, caña, plátano, banano, maracuyá, papaya;
b) Tres (3) años: café caturra; guayaba, pera, manzana, durazno;
c) Cuatro (4) años: cacao, cítricos, aguacate, café arábigo, fique;
d) Cinco (5) años: coco, nolí, palma africana, mango.
La duración del ciclo improductivo de los cultivos de mediano y tardío rendimiento no enumerados en el presente artículo, será fijado por el Ministerio de Agricultura, mediante resolución.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 189
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
REDUCCION DE LA RENTA PRESUNTIVA