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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4240 DE 2000
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
249
Título
Texto
Artículo 249º. Declaración de Exportación con datos definitivos.
El declarante deberá imprimir y firmar la Declaración de Exportación con datos definitivos y la entregará a la administración aduanera, junto con los ejemplares para las entidades que requieran adelantar trámites posteriores.
Como documento anexo, el declarante en todos los casos deberá entregar a la División de Servicio al Comercio Exterior, o a la dependencia que haga sus veces, la impresión de la Autorización de Embarque a que se refiere el artículo 236 de la presente Resolución.
Una vez expedida la Declaración de Exportación Definitiva se surtirá el trámite previsto en el artículo 243 de la presente Resolución
. (Derogado a partir del 1º de septiembre de 2008 por la Resolución 7941 de 2008)
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 236
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 243
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
DEROGADO POR RESOLUCION 07941 DE 2008 ART. 113
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE EXPORTACION