<< Volver

Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 214 DE 2014 Document Link Icon
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo4
Título
ARTÍCULO 4o. Modifíquese el artículo 25 del Decreto número 2972 de 2013, el cual quedará así:

Artículo 25. Declaración y pago bimestral del impuesto sobre las ventas. Los responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2013, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT, ($2.469.372.000) así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera bimestral utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Los períodos bimestrales son: enero-febrero; marzo-abril; mayo-junio; julio-agosto; septiembre-octubre; y noviembre-diciembre.

Los vencimientos, de acuerdo con el último dígito del MT del responsable, que conste en el Certificado del Registro Único Tributario (RUT), sin tener en cuenta el dígito de verificación, serán los siguientes:


Si el último dígito es
Bimestre enero-febrero 2014 hasta el día
Bimestre marzo-abril 2014 hasta el día
Bimestre mayo-junio 2014 hasta el día
111 de marzo de 20149 de mayo de 20148 de julio de 2014
212 de marzo de 201412 de mayo de 20149 de julio de 2014
313 de marzo de 201413 de mayo de 201410 de julio de 2014
414 de marzo de 20l414 de mayo de 201411 de julio de 2014
517 de marzo de 201415 de mayo de 201414 de julio de 2014
618 de marzo de 201416 de mayo de 201415 de julio de 2014
719 de marzo de 201419 de mayo de 201416 de julio de 2014
820 de marzo de 201420 de mayo de 201417 de julio de 2014
921 de marzo de 201421 de mayo de 201418 de julio de 2014
025 de marzo de 201422 de mayo de 201421 de julio de 2014
Si el último dígito esBimestre julio-agosto 2014 hasta el díaBimestre septiembre-octubre 2014 hasta el díaBimestre noviembre-diciembre 2014 hasta el día
18 de septiembre de 201411 de noviembre de 201414 de enero de 2015
29 de septiembre de 201412 de noviembre de 201415 de enero de 2015
310 de septiembre de 201413 de noviembre de 201416 de enero de 2015
411 de septiembre de 201414 de noviembre de 201419 de enero de 2015
512 de septiembre de 201418 de noviembre de 201420 de enero de 2015
615 de septiembre de 201419 de noviembre de 201421 de enero de 2015
716 de septiembre de 201420 de noviembre de 201422 de enero de 2015
817 de septiembre de 201421 de noviembre de 201423 de enero de 2015
918 de septiembre de 201424 de noviembre de 201426 de enero de 2015
019 de septiembre de 201425 de noviembre de 201427 de enero de 2015

PARÁGRAFO. Para los responsables del Impuesto sobre las Ventas por la prestación de servicios financieros y las empresas de transporte aéreo regular, que en al año 2013 se les autorizó el plazo especial de que trata el parágrafo 1o del artículo 23 del Decreto número 2634 de 2012, el plazo para presentar la declaración bimestral del impuesto sobre las ventas y cancelar el valor a pagar vencerá en las siguientes fechas:


Bimestre enero-febrero 2014 hasta el día
Bimestre marzo-abril 2014 hasta el día
Bimestre mayo-junio 2014 hasta el día
25 de marzo de 201426 de mayo de 201425 de julio de 2014
Bimestre julio-agosto de 2014 hasta el día Bimestre septiembre-octubre 2014 hasta el día Bimestre noviembre-diciembre 2014 hasta el día
25 de septiembre de 201425 de noviembre de 201426 de enero de 2015