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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 0383 DE 1997 Document Link Icon
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la renta y complementarios
Artículo62
Título

ARTICULO 62.- Adiciónase al artículo 211 del Estatuto Tributario el siguiente parágrafo:

"PARAGRAFO 5.- Se entiende que los beneficios previstos en este artículo, también serán aplicables, con los porcentajes y el cronograma consagrados en el mismo, a los excedentes o utilidades que transfieran a la nación las empresas de servicios públicos domiciliarios."