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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
109
Título
Texto
Artículo 109º. Control de la Aduana.
La autoridad aduanera podrá verificar la exactitud de la declaración mediante la inspección de las provisiones de a bordo. Así mismo, podrá disponer que sean precintadas aquellas que a su juicio, no presenten seguridades satisfactorias.
Concordancias Legales
RESOLUCION 4240 DE 2000 ART. 392
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE LAS PROVISIONES DE A BORDO
PROVISIONES DE A BORDO - INSPECCION