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DECRETO 1625 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Impuesto Sobre las Ventas - IVA
Artículo1.3.1.15.3.
TítuloResponsable del régimen simplificado que debe pasar al régimen común.
Artículo 1.3.1.15.3. Responsable del régimen simplificado que debe pasar al régimen común. A partir de la fecha en que el responsable del régimen simplificado incurra en la situación prevista en el literal a) del artículo 1.3.1.15.2 del presente Decreto, está obligado a cumplir los deberes propios de los responsables del régimen común, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 508-1 del Estatuto Tributario.

(Art. 16, Decreto 0380 de 1996)