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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio
Artículo
1.6.1.4.3.
Título
Facturación en mandato.
Texto
Artículo 1.6.1.4.3.
Facturación en mandato.
En los contratos de mandato, las facturas deberán ser expedidas en todos los casos por el mandatario.
Si el mandatario adquiere bienes o servicios en cumplimiento del mandato, la factura deberá ser expedida a nombre del mandatario.
Para efectos de soportar los respectivos costos, deducciones o impuestos descontables, o devoluciones a que tenga derecho el mandante, el mandatario deberá expedir al mandante una certificación donde se consigne la cuantía y concepto de estos, la cual debe ser avalada por contador público o revisor fiscal, según las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
En el caso de devoluciones se adjuntará además una copia del contrato de mandato.
El mandatario deberá conservar por el término señalado en el Estatuto Tributario, las facturas y demás documentos comerciales que soporten las operaciones que realizó por orden del mandante.
(Art. 3, Decreto 1514 de 1998) (El Decreto 1514 de 1998 rige a partir de le fecha de su publicación y deroga el Decreto 847 de 1996, el artículo 10 del Decreto 1001 de 1997, el último inciso del artículo 29 del Decreto 3050 de 1997 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Art. 18, Decreto 1514 de 1998)
Concordancias Legales
DECRETO 1514 DE 1998 ART. 3
DECRETO 1514 DE 1998 ART. 18
DECRETO 1001 DE 1997 ART. 10
DECRETO 3050 DE 1997
DECRETO 847 DE 1996
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Facturacion