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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2588 DE 1999
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Impuesto a las ventas
Artículo
27
Título
Texto
ARTICULO
27º
.-
Obligación de expedir certificados por parte del agente retenedor del impuesto sobre las ventas .
Los agentes de retención del impuesto sobre las ventas deberán expedir por las retenciones practicadas en el año 2000 un certificado anual que cumpla los requisitos previstos en el artículo 7º. del Decreto 380 de 1996.
El certificado a que se refiere este artículo, será expedido en el mes de febrero de cada año, en donde se discriminen todas las retenciones practicadas en cada uno de los bimestres del año anterior.
Cuando el beneficiario del pago solicite un certificado por cada retención practicada, el agente retenedor lo hará con las mismas especificaciones del certificado anual.
Concordancias Legales
DECRETO 0380 DE 1996 ART. 7
DECRETO 2662 DE 2000 ART. 26
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
AGENTES DE RENTENCION DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - OBLIGACIONES*