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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 3017 DE 1997
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo
2
Título
Texto
ARTICULO 2.-
Los asalariados que hayan obtenido ingresos en el año inmediatamente anterior, provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria inferiores a cuarenta y ocho millones seiscientos mil pesos ($48.600.000), podrán optar por disminuir la base mensual de retención en la fuente, con el valor efectivamente pagado por el trabajador en el año inmediatamente anterior por concepto de intereses o corrección monetaria en virtud de préstamos para adquisición de vivienda o con los pagos efectuados en dicho año por concepto de salud y educación del trabajador, su cónyuge y hasta dos hijos.
Cuando se trate del procedimiento de retención número 2, el valor que sea procedente disminuir mensualmente, se tendrá en cuenta tanto para calcular el porcentaje fijo de retención semestral, como para determinar la base sometida a retención.
Lo anterior con sujeción a los límites establecidos en los artículos siguientes.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO ART. 386,387
DECRETO 2719 DE 1994 ART. 2
DECRETO 2222 DE 1996 ART. 2
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 386
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 387
DECRETO 2222 DE 1996 ART. 2
DECRETO 1729 DE 1994 ART. 2
DECRETO 3017 DE 1997 ART. 3
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DISMINUCION DE LA BASE DE RETENCION POR SALARIOS
DISMINUCION DE LA BASE GRAVABLE POR INTERESES Y CORRECCION MONETARIA.
DISMINUCION DE LA BASE GRAVABLE POR PAGOS DE EDUCACION