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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2685 DE 1999
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
359
Título
Texto
Artículo 359º. Oportunidad para solicitar la modalidad de tránsito aduanero.
De conformidad con lo previsto en el artículo 113º del presente Decreto, una vez sea descargada la mercancía y sin haberla ingresado a depósito, deberá solicitarse y autorizarse la modalidad de tránsito aduanero, cuando proceda.
Concordancias Legales
DECRETO 2685 DE 1999 ART. 113
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
TRANSITO ADUANERO - AUTORIZACION