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ESTATUTO TRIBUTARIO LEY 1819 DE 2016 1819 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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MONOTRIBUTO
Artículo 915.
TítuloCambio del régimen común al monotributo.
Artículo 915. Cambio del régimen común al monotributo. (ADICIONADO POR LA LEY 1819 DE 2016 ART 165). Los responsables sometidos al Régimen Común en el impuesto sobre las ventas solo podrán acogerse al monotributo, cuando demuestren que en los tres (3) años fiscales anteriores se cumplieron las condiciones establecidas en el presente libro.