Texto
ARTICULO 4. Plazos para presentar las Declaraciones Individual y/o Consolidada de Precios de Transferencia por el año gravable de 2005.
Modifícase el artículo 23 del Decreto 4714 de 2005, el cual quedará así:
"Artículo 23. Plazos para presentar las declaraciones individual y/o consolidada de precios de transferencia. Por el año gravable 2005, deberán presentar las declaraciones informativas de que trata el artículo 260-8 del Estatuto Tributario, los contribuyentes que celebren operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas, domiciliados o residentes en el exterior y/o en paraísos fiscales, en el formulario que para tal efecto señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
El formulario de la Declaración Informativa Individual Precios de Transferencia, se presentará a través del sistema de declaración y pago electrónico, teniendo en cuenta para tal efecto los plazos establecidos a continuación:
Si el último dígito es | Presentación |
9 ó 0 | 4 de septiembre de 2006 |
7 u 8 | 5 de septiembre de 2006 |
5 ó 6 | 6 de septiembre de 2006 |
3 ó 4 | 7 de septiembre de 2006 |
1 ó 2 | 8 de septiembre de 2006 |
El formulario de la Declaración Informativa Consolidada Precios de Transferencia, se presentará, a través del sistema de declaración y pago electrónico, teniendo en cuenta para tal efecto los plazos establecidos a continuación:
Si el último dígito es | Presentación |
0, 1, 2, 3 ó 4 | 11 de septiembre de 2006 |
5, 6, 7, 8 ó 9 | 12 de septiembre de 2006 |
A partir del año gravable 2006, para efectos de la presentación de las declaraciones informativas de Precios de Transferencia, se aplicará lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto 4349 de 2004.
Concordancias Legales
DECRETO 4349 DE 2004 ART.6
DECRETO 0408 DE 2001 ART. 6 
Documentos que Afecta
MODIFICÓ EL DECRETO 4714 DE 2005 ART. 23
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DECLARACION DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA - PLAZOS