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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 3030 DE 2013 Document Link Icon
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo12
Título
ARTÍCULO 12. PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN INFORMATIVA. La declaración informativa de que trata el artículo 260-9 del Estatuto Tributario, deberá ser presentada en las fechas que determine el Gobierno Nacional, en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en las condiciones técnicas que esta determine, atendiendo al último dígito del NIT del obligado, sin el dígito de verificación.