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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 0488 DE 1998
Tributario
Banco de Datos
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Impuestos Territoriales
Artículo
139
Título
Texto
ARTICULO 139.
Beneficiarios de las rentas del impuesto. La renta del impuesto sobre vehículos automotores, corresponderá a los municipios, distritos, departamentos y el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, en las condiciones y términos establecidos en la presente Ley.
PARAGRAFO. Para los efectos de este impuesto, el Departamento de Cundinamarca no incluye el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá.
Concordancias Legales
LEY 0488 DE 1998 ART. 138
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 0539.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
IMPUESTO SOBRE VEHICULOS AUTOMOTORES
IMPUESTO SOBRE VEHICULOS AUTOMOTORES - BENEFICIARIOS