ARTICULO 1. Componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos durante el año gravable 2002 por personas naturales y sucesiones ilíquidas. No constituye renta ni ganancia ocasional por el año gravable de 2002, el 77.07% de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas, conforme a lo señalado en los artí culos 38 y 40-1 del Estatuto Tributario.