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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0841 DE 1998
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
5
Título
Texto
ARTICULO 5º. FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTIA:
Los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía están exentos de toda clase de impuestos, tasas y contribuciones del orden nacional.
PARAGRAFO PRIMERO
: De conformidad con lo dispuesto en el presente artículo, el recaudo de cotizaciones que se haga por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía está exceptuado del impuesto sobre las ventas.
PARAGRAFO SEGUNDO:
Las transferencias que realicen el Fondo de Solidaridad y Garantía y las Entidades Territoriales, de recursos destinados a cubrir el valor del Plan Obligatorio de Salud, tanto en el régimen subsidiado como en el contributivo y el de las incapacidades por enfermedad general, no están sometidas a retención en la fuente a título de impuestos sobre la renta y complementarios.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO ART. 206
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.22.3.
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
RENTAS EXENTAS
FONDOS DE SOLIDARIDAD Y GARANTIA