<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 1819 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
155.
Título
Requisitos de los beneficiarios de las donaciones.
Texto
ARTÍCULO 155.
Modifíquese el artículo
125-1
del Estatuto Tributario el cual quedará así:
Artículo
125-1
.
Requisitos de los beneficiarios de las donaciones
. Cuando la entidad beneficiaria de la donación que da derecho al descuento de que trata el artículo
257
se trate de una entidad calificada en el Régimen Tributario Especial, deberá reunir las siguientes condiciones:
1. Estar legalmente constituida y estar sometida a inspección, control y vigilancia de una entidad estatal.
2. Si se trata de una de las entidades a las que se refiere el artículo
19
de este Estatuto, haber sido calificada en el Régimen Tributario Especial antes de haber sido efectuada la donación.
3. Haber cumplido con la obligación de presentar la declaración de ingresos y patrimonio o de renta, según el caso, por el año inmediatamente anterior al de la donación, salvo cuando se haya constituido en el mismo año gravable.
4. Manejar, en depósitos o inversiones en establecimientos financieros autorizados, los ingresos por donaciones.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0257.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 19
Documentos que Afecta
MODIFICO ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0125-1
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS DONACIONES