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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 0890 DE 1997
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la renta y complementarios
Artículo
3
Título
Texto
ARTICULO 3o. Microempresas. Para efectos de la Ley 218 se entiende por Microempresa la unidad económica del orden familiar encabezada por el hombre o la mujer, constituida por una o más personas dedicadas de manera independiente a actividades de producción y posterior venta y entrega de bienes, en los términos establecidos en el artículo primero del presente decreto, que cumplan simultáneamente con los
siguientes requisitos:
a) Que la planta de personal no exceda de veinte (20) trabajadores permanentes.
b) Que el total de sus activos no supere los ochenta y dos millones novecientos sesenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos ($82.968.459) (Valor año base 1996, reajustable anualmente), al 31 de diciembre inmediatamente anterior al año en que se solicita la exención.
Concordancias Legales
LEY 218 DE 1995
DECRETO 529 DE 1996
DECRETO 2422 DE 1996
ART.
2
DECRETO 2422 DE 1996 ART. 2
DECRETO 3257 DE 2002 ART. 1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LA ZONA DEL RIO PAEZ