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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento tributario, procedimiento administrativo de cobro coactivo y régimen sancionatorio
Artículo
1.6.1.4.17.
Título
Exhibición de la factura electrónica.
Texto
Artículo 1.6.1.4.17.
Exhibición de la factura electrónica.
En caso de requerirse la exhibición de la factura electrónica, esta deberá realizarse por medios y en formatos electrónicos o físicos, según lo solicite la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales– DIAN y demás entes de control, de modo que se reproduzca con exactitud y de manera comprensible la información correspondiente a los contenidos fiscal y técnico.
Parágrafo.
Si la exhibición se le requiere al adquirente, puede cumplir con esta obligación por medios propios, de terceros o del obligado a facturar, según se establezca previamente en el acuerdo para la expedición y aceptación de facturas electrónicas, sin perjuicio de la responsabilidad del adquirente respecto de sus obligaciones contables y tributarias.
(Art. 5, Decreto 1929 de 2007)
(El Decreto 1929 de 2007 rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1094 de 1996, sin perjuicio de lo previsto en el inciso segundo del artículo anterior. Art. 13, Decreto 1929 de 2007)
Concordancias Legales
DECRETO 1929 DE 2007 ART. 5
DECRETO 1929 DE 2007 ART. 13
DECRETO 1094 DE 1996
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Factura Electronica
FACTURA ELECTRONICA - EXPEDICIÓN