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Unidad Informática de Legislación
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DECRETO 2243 DE 2015 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo13
TítuloENTIDADES DEL SECTOR COOPERATIVO
ARTÍCULO 13. ENTIDADES DEL SECTOR COOPERATIVO. Las entidades del sector cooperativo del régimen tributario especial, deberán presentar y pagar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2015, dentro de los plazos señalados para las personas jurídicas en el artículo 12 del presente decreto, de acuerdo con el último o los dos (2) últimos dígitos del NIT que conste en el certificado del Registro Único Tributario (RUT), sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Las entidades cooperativas de integración del régimen tributario especial, podrán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario por el año gravable 2015, hasta el día 24 de mayo del año 2016