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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 1739 DE 2014 Document Link Icon
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo66
Título
ARTÍCULO 66. Adiciónese un parágrafo al artículo 32-1 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:

“Parágrafo. El ajuste por diferencia en cambio de las inversiones en moneda extranjera, en acciones o participaciones en sociedades extranjeras, que constituyan activos fijos para el contribuyente solamente constituirá ingreso, costo o gasto en el momento de la enajenación, a cualquier título, o de la liquidación de la inversión”.