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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo
60
Título
CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS ENAJENADOS.
Texto
NATURALEZA DE LOS ACTIVOS.
ARTICULO 60. CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS ENAJENADOS.
<Fuente original compilada: D2053/74 Art.
20
> Los activos enajenados se dividen en movibles y en fijos o inmovilizados.
Son activos movibles los bienes corporales muebles o inmuebles y los incorporales que se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente e implican ordinariamente existencias al principio y al fin de cada año o período gravable.
Son activos fijos o inmovilizados los bienes corporales muebles o inmuebles y los incorporales que no se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente.
PARÁGRAFO.
Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad los activos movibles corresponden a los inventarios. Los activos fijos corresponden a todos aquellos activos diferentes a los inventarios y se clasificarán de acuerdo con los nuevos marcos técnicos normativos, tales como propiedad, planta y equipo, propiedades de inversión, activos no corrientes mantenidos para la venta.
(PARÁGRAFO ADICIONADO POR ART 40 DE LA LEY 1819 DE 2016).
Concordancias Legales
DECRETO 3211 DE 1979 ART. 12
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 62
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0135
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0280.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0332.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0333-2.
DECRETO 0326 DE 1995 ART. 1
DECRETO 0326 DE 1995 ART. 7
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0069.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.6.4.
DECRETO 1625 DE 2016 ART. 1.2.1.17.7.
LEY 1819 DE 2016 ART. 48
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO POR LEY 1819 DE 2016 ART. 40
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
ACTIVOS FIJOS
ACTIVOS ENAJENADOS
ACTIVOS MOVIBLES
CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS ENAJENADOS.