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DECRETO 0858 DE 1998 Document Link Icon
Tributario
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Retención en la fuente
Artículo0001
Título
DECRETO NUMERO 858
8 de mayo de 1998

Por el cual se reglamenta el artículo 366-1 del Estatuto Tributario

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de las facultades establecidas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en el Artículo 366-1 del Estatuto Tributario
DECRETA

Artículo 1. Tarifa de retención en la fuente por ingresos del exterior. La tarifa de retención en la fuente por ingresos provenientes del exterior, constitutivos de renta o ganancia ocasional, que perciban los contribuyentes obligados a presentar declaración de renta y complementarios, es del tres por ciento (3%), independientemente de la naturaleza de los beneficiarios de dichos ingresos.