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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1625 DE 2016
Tributario
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Impuesto Sobre las Ventas - IVA
Artículo
1.3.1.6.13.
Título
Limitación en impuestos descontables.
Texto
Artículo 1.3.1.6.13.
Limitación en impuestos descontables.
De conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 468-3 del Estatuto Tributario, los prestadores de los servicios expresamente señalados en dicho numeral, tienen derecho a descontar del impuesto generado por las operaciones gravadas, el IVA que les hubieren facturado por la adquisición de bienes corporales muebles y servicios, limitado a la tarifa a la que están gravados dichos servicios; el exceso, en caso de que exista, se llevará como un mayor valor del costo o gasto respectivo.
(Art. 22, Decreto 1794 de 2013)
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 468-3
DECRETO 1794 DE 2013 ART. 22
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
Impuestos Descontables - Limitacion