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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2972 DE 2013 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo24
Título
ARTÍCULO 24. PLAZOS PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA. Por el año gravable 2013, deberán presentar la documentación comprobatoria de que trata el artículo 260-5 del Estatuto Tributario, los contribuyentes que celebren operaciones con vinculados conforme a lo establecido en los artículos 260-1 y 260-2 del Estatuto Tributario o con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales, en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y en las condiciones que esta determine, atendiendo al último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del registro único tributario, sin el dígito de verificación, teniendo en cuenta para tal efecto los plazos establecidos a continuación:

Si el último dígito es
Hasta el día
18 de septiembre de 2014
29 de septiembre de 2014
310 de septiembre de 2014
411 de septiembre de 2014
512 de septiembre de 2014
615 de septiembre de 2014
716 de septiembre de 2014
817 de septiembre de 2014
918 de septiembre de 2014
019 de septiembre de 2014