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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 8202 DE 2005
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
7
Título
Texto
ARTÍCULO 7o.
Modificase el artículo
9o
de la Resolución 8502 del 21 de septiembre de 2004, el cual queda así:
"
Artículo 9o.
Capacitación
.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, establecerá las condiciones, términos y procedimientos para impartir la capacitación a los funcionarios de las Cámaras de Comercio que atenderán la inscripción en el Registro Unico Tributario".
Concordancias Legales
Documentos que Afecta
MODIFICO RESOLUCION 08502 DE 2004 ART. 9
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES - FUNCIONES
REGISTRO UNICO TRIBUTARIO RUT
REGISTRO UNICO TRIBUTARIO - INSCRIPCION